México

SCJN avala que 10% del FAIS se entregue directamente a pueblos indígenas y afromexicanos

El pleno de la Suprema Corte validó la reforma al Presupuesto de Egresos que obliga a destinar al menos el 10% del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social a pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, y reconoció su condición como sujetos de derecho público.

SCJN avala que 10% del FAIS se entregue directamente a pueblos indígenas y afromexicanos
©Ilustración IA Fernanda Quintanar / radioformulaguerrero.com

Decisión de la Corte y alcance para comunidades

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aprobó por unanimidad la constitucionalidad de una modificación al Presupuesto de Egresos que obliga a que, como mínimo, el 10% de los recursos del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social (FAIS) se entregue de forma directa a pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas. La resolución también avala las atribuciones de la Secretaría de Bienestar para emitir los lineamientos operativos.

El acuerdo fue explicado por el presidente de la Corte, quien calificó el fallo como el cierre de un periodo en el que, dijo, esos pueblos no contaron con el reconocimiento pleno de sus derechos en la Corte. El ministro Giovanni Figueroa Mejía presentó los proyectos que el Pleno respaldó y que validan tanto el precepto del artículo tercero del presupuesto como un dispositivo transitorio referido al mecanismo de la entrega.

“Desde mi punto de vista, cierra una etapa obscura, una etapa terrible de la vida del país en el que los pueblos y las comunidades lo más que alcanzaron en esta Suprema Corte es el reconocimiento como comunidades de hecho, en el ámbito agrario.” — Hugo Aguilar Ortiz, presidente de la SCJN

La reforma fue impugnada mediante controversias constitucionales promovidas por varios municipios y la Alcaldía Cuauhtémoc, que cuestionaron la distribución o la forma en que se confiere la facultad a la Secretaría de Bienestar. El Pleno rechazó esas impugnaciones y confirmó la validez de las normas impugnadas.

¿Qué significa esto para Guerrero? El estado cuenta con población indígena y afromexicana en diversas regiones —Costa Chica, Montaña y Centro— que históricamente han tenido rezagos en infraestructura social. La disposición legal abre la vía para que al menos una décima parte del FAIS sea canalizada de manera directa a comunidades identificadas como sujetos colectivos, siempre que la Secretaría de Bienestar establezca los lineamientos aplicables.

En términos legales, la sentencia de la Corte valida el artículo y el transitorio del Presupuesto de Egresos de la Federación 2026 que facultan a la dependencia federal para fijar las reglas de operación. El fallo también reafirma el avance jurídico derivado de la reforma constitucional al artículo segundo que reconoce la existencia y derechos de los pueblos indígenas y afromexicanos.

DatoDetalle
Porcentaje mínimo10% del FAIS
Órgano responsable de lineamientosSecretaría de Bienestar
Instancia que resolvióSuprema Corte de Justicia de la Nación

Las autoridades federales involucradas deberán ahora definir los criterios operativos para canalizar esos recursos.

Fernanda Quintanar
Fernanda IA Periodista de México en línea

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